Despido improcedente: cuándo se produce, indemnización y cómo reclamar

Despido improcedente en Murcia: indemnización y reclamación

Cuando una empresa comunica un despido, que la carta lo llame “disciplinario” u “objetivo” no significa que la decisión sea automáticamente válida. Si el trabajador impugna y la empresa no acredita suficientemente la causa o incumple determinados requisitos legales, el despido puede ser declarado improcedente.

Si te han despedido en Murcia y dudas de la causa indicada por la empresa, desde nuestro despacho de abogados laboralistas en Murcia podemos revisar la carta, la antigüedad, el salario, el convenio colectivo y las pruebas para valorar una reclamación. Es esencial actuar rápido: la acción frente al despido está sometida a un plazo de 20 días hábiles.

¿Qué es un despido improcedente?

El despido improcedente no es una causa de despido equivalente al despido disciplinario o al despido objetivo. La improcedencia es una calificación jurídica que puede producirse cuando el despido impugnado no queda suficientemente justificado o cuando concurren incumplimientos con esa consecuencia legal.

Una empresa puede entregar una carta afirmando que existe una causa disciplinaria, pero si los hechos no se prueban o no tienen la gravedad necesaria, el resultado puede ser la improcedencia. Del mismo modo, un despido objetivo puede ser impugnado si la causa económica, técnica, organizativa o productiva no existe o no se acredita correctamente.

¿Cuándo puede declararse improcedente un despido?

La respuesta depende de la modalidad utilizada, la causa alegada, la prueba y el cumplimiento de las formalidades. Entre las situaciones que suelen requerir una revisión detallada están:

  • La empresa no consigue demostrar los hechos imputados en un despido disciplinario.
  • Los hechos existen, pero no tienen suficiente gravedad para justificar el despido.
  • La carta no concreta adecuadamente los hechos esenciales o la causa.
  • Las causas económicas, técnicas, organizativas o productivas no se acreditan.
  • La causa real no coincide con la comunicada al trabajador.
  • Se incumplen requisitos legales con consecuencias de improcedencia.
  • No se respetan garantías previstas en el convenio colectivo.

Indemnización por despido improcedente

La regla general del artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores establece una indemnización de 33 días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos inferiores a un año, con un máximo de 24 mensualidades, para los contratos suscritos a partir del 12 de febrero de 2012.

En contratos anteriores existe un régimen transitorio: el tiempo trabajado antes del 12 de febrero de 2012 se calcula, con carácter general, a razón de 45 días de salario por año, y el periodo posterior a razón de 33 días, aplicándose los límites legalmente previstos.

Para calcular correctamente la indemnización hay que conocer:

  • Fecha real de antigüedad computable.
  • Fecha de efectos del despido.
  • Salario regulador.
  • Pagas extraordinarias y conceptos salariales computables.
  • Si el contrato es anterior o posterior al 12 de febrero de 2012.
  • Los límites máximos aplicables.

¿Quién elige entre indemnización y readmisión?

Cuando un despido es declarado improcedente, la legislación contempla la posibilidad de optar entre readmisión e indemnización, con reglas concretas para determinar a quién corresponde la opción.

Como regla general del artículo 56, el empresario dispone de cinco días desde la notificación de la sentencia para optar entre readmitir al trabajador o abonarle la indemnización legal. Existen reglas especiales, entre otros casos, para representantes legales de los trabajadores.

Por tanto, no es correcto afirmar que todo trabajador puede elegir libremente entre volver al puesto o cobrar la indemnización.

Diferencia entre despido improcedente y despido nulo

La diferencia es esencial. En la improcedencia se aplican las consecuencias previstas en el artículo 56. En la nulidad, la consecuencia principal es la readmisión obligatoria y los efectos económicos correspondientes.

La nulidad puede plantearse cuando el despido vulnera derechos fundamentales o en determinados supuestos de especial protección. Por eso, al analizar una carta no solo debe preguntarse si el despido es improcedente, sino también si existen indicios de nulidad.

Diferencia entre despido improcedente y procedente

Un despido será procedente cuando la empresa consiga acreditar la causa y haya respetado los requisitos exigibles. Si se trata de un despido disciplinario procedente, se convalida la extinción sin indemnización por despido. En un despido objetivo procedente, se mantiene la indemnización propia de esa modalidad.

La improcedencia implica que el despido no supera el control legal necesario para ser declarado procedente.

Despido disciplinario improcedente

Un despido disciplinario puede ser improcedente si la empresa no acredita suficientemente la conducta imputada, la falta no alcanza la gravedad necesaria o existen incumplimientos relevantes.

En un supuesto de bajo rendimiento, por ejemplo, hay que comprobar si la empresa ha concretado la disminución, si esta es continuada y voluntaria, qué parámetros se utilizaron y si existen elementos objetivos de comparación.

Además, en los despidos disciplinarios actuales debe analizarse la audiencia previa al trabajador en los términos establecidos por la jurisprudencia del Tribunal Supremo desde noviembre de 2024.

Despido objetivo declarado improcedente

El despido objetivo puede impugnarse cuando el trabajador considera que no existe la causa alegada, que no se acredita correctamente o que no se han cumplido las exigencias aplicables.

En los despidos por causas económicas, técnicas, organizativas o productivas es especialmente importante revisar la explicación de la empresa y la documentación que conecta esas circunstancias con la amortización concreta del puesto.

Plazo para reclamar un despido improcedente

El trabajador dispone de 20 días hábiles para reclamar contra el despido. Es un plazo de caducidad y no debe confundirse con otros plazos laborales más largos.

En Murcia, la reclamación por despido se somete con carácter general al intento de conciliación previa ante el servicio administrativo correspondiente, salvo excepciones legales. Puedes ampliar información en impugnación del despido.

Cómo reclamar un despido improcedente en Murcia

1. Revisar la carta

La carta permite saber qué modalidad ha utilizado la empresa, qué hechos o causas invoca y qué fecha de efectos establece.

2. Calcular indemnización y cantidades pendientes

Debe diferenciarse la indemnización del finiquito. Pueden existir salarios pendientes, vacaciones no disfrutadas, pagas extraordinarias y otros conceptos.

3. Preparar la papeleta de conciliación

En los supuestos sometidos a conciliación previa se presenta la correspondiente papeleta para intentar alcanzar un acuerdo antes del proceso judicial.

4. Negociar con la empresa

La negociación debe partir de un cálculo correcto y de una valoración realista de la fortaleza de la reclamación.

5. Presentar demanda si no hay acuerdo

Si la controversia no se resuelve, puede ser necesario acudir a los Juzgados de lo Social.

¿Cómo se calcula el salario para la indemnización?

El cálculo exige determinar correctamente el salario regulador. Deben revisarse salario base, complementos salariales, pagas extraordinarias y otros conceptos de naturaleza salarial. Cuando hay comisiones, bonus o retribución variable puede ser necesario analizar un periodo de referencia.

¿Qué pasa con el finiquito si reclamo?

Finiquito e indemnización son conceptos distintos. El finiquito liquida cantidades ya devengadas; la indemnización responde a la extinción en los supuestos previstos legalmente.

Antes de firmar un documento de saldo y finiquito conviene revisar exactamente qué cantidades contiene y qué efectos pretende atribuirle la empresa.

¿Puedo reclamar si la empresa reconoce la improcedencia?

Puede existir una propuesta empresarial de acuerdo o reconocimiento de improcedencia, pero no toda cantidad ofrecida es necesariamente correcta. Hay que comprobar salario, antigüedad, límites indemnizatorios, cantidades pendientes y si existen circunstancias que puedan conducir a una calificación diferente.

Abogado de despido improcedente en Murcia

En nuestro despacho podemos ayudarte a:

  • Analizar la causa y la carta de despido.
  • Calcular correctamente la indemnización.
  • Detectar posibles causas de nulidad.
  • Preparar la papeleta de conciliación.
  • Negociar con la empresa.
  • Interponer demanda y defender el procedimiento.

Si te han despedido recientemente, puedes solicitar información desde contactar.

Preguntas frecuentes

¿La indemnización siempre es de 33 días por año?

Es la regla general para contratos posteriores al 12 de febrero de 2012. Los contratos anteriores pueden tener un cálculo mixto de 45 y 33 días con límites específicos.

¿Un despido improcedente obliga siempre a readmitir?

No. La improcedencia y la nulidad tienen consecuencias diferentes.

¿Tengo 20 días naturales para reclamar?

No. La ley establece 20 días hábiles y se trata de un plazo de caducidad.

¿Qué documentos debo llevar al abogado?

Carta de despido, contrato, últimas nóminas, finiquito, comunicaciones con la empresa y cualquier prueba relacionada con la causa.

INFORMACIÓN Y PRESUPUESTO ON-LINE