Si trabaja en una empresa y recibe una carta de despido, es importante conocer el tipo de despido y cómo proceder. Los despidos pueden clasificarse en:
En casos de despido colectivo como parte de un ERE (Expediente de Regulación de Empleo), los trabajadores tienen derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado. Es fundamental revisar la fecha que aparece en la carta de despido, ya que esta debe coincidir con el día de su entrega. Si no recibe la carta, puede enviar un burofax con acuse de recibo al empresario para documentar el despido.
Tras el despido, tiene derecho a solicitar la prestación por desempleo en un plazo máximo de 15 días. Para hacerlo, deberá pedir cita previa y presentar:
Es recomendable que firme la carta como no conforme para ganar tiempo para revisarla y, si fuera necesario, emprender acciones legales. Firmar como no conforme no afecta a su derecho a paro.
La empresa está obligada a pagarle su liquidación y finiquito. Para asegurarse de que son correctos, puede firmar el finiquito como no conforme y revisarlo posteriormente con la ayuda de un asesor o gestor profesional. Esto le permitirá detectar posibles errores y tomar medidas si fuera necesario.
En el caso de un ERE, si no está conforme con el acuerdo alcanzado entre la empresa y los representantes de los trabajadores, tiene la opción de emprender medidas judiciales. Sin embargo, es importante recordar que, mientras tanto, deberá respetar el acuerdo alcanzado.
Si tiene dudas o necesita ayuda para gestionar su despido, no dude en buscar asesoramiento legal profesional para garantizar que se respeten todos sus derechos.