Reclamación de cantidad

Reclamación de cantidad

Tipos de procedimientos para la reclamación de cantidades

Cuando se trata de reclamación de cantidades, lo haremos de una forma u otra dependiendo de la cantidad del importe reclamado. Se procederá con un procedimiento judicial u otro siempre que sea una deuda dineraria, vencida y exigible.

¿Qué es una reclamación de cantidad?

La reclamación de cantidad es un procedimiento legal utilizado para exigir el pago de una deuda. Para proceder, la deuda debe ser vencida, líquida y exigible. Este proceso varía según el importe y la documentación que respalde la deuda.

Tipos de juicios para reclamar cantidades

1. Juicio ordinario

Si la cantidad excede de 6000 euros y su interés económico es imposible de calcular, se reclamará en un juicio ordinario, con abogado y procurador. El demandado tendrá un plazo de 20 días para contestar y, una vez acabado este plazo, se convoca a las partes a una audiencia previa para intentar llegar a un acuerdo. En esta audiencia, se presentará la documentación, las pruebas y las proposiciones. Si no hay acuerdo, se procederá al señalamiento del juicio.

2. Juicio verbal

Cuando la cuantía es menor de 6000 euros y no se puede justificar con documentación o si se están reclamando gastos comunes de una comunidad de propietarios, se realizará un juicio verbal. En este procedimiento:

  • El tribunal dicta una diligencia de ordenación admitiendo la demanda.
  • Se comunica al demandado.
  • Se citará a las partes para celebrar la vista, donde se expondrán las pruebas y se decidirá sobre el caso.

Este juicio es más ágil que el ordinario, pero también requiere una preparación adecuada.

3. Juicio monitorio

Si existe un documento donde se certifica la existencia de la deuda y está firmado por el deudor, se realiza un juicio monitorio, sin importar la cuantía. Este procedimiento es conocido por ser una vía rápida y ágil, ya que solo es necesaria la celebración de la vista si el deudor se opone a la reclamación. Si no hay oposición, el juicio finaliza con una resolución que permitirá:

  • Solicitar el embargo de los bienes del deudor para cubrir la deuda.

El juicio monitorio es el más utilizado en el ámbito civil por su rapidez y eficacia.

4. Juicio cambiario

Cuando la cantidad reclamada está documentada con letras de cambio, cheque o pagaré, se realizará un juicio cambiario. Este es el proceso más rápido porque:

  • Si el deudor no paga o se opone a la reclamación y pasa el plazo de 20 días, se embargan directamente sus bienes.

En este procedimiento es necesario contar con abogado y procurador, dado que se trata de un proceso ejecutivo que busca asegurar el cobro inmediato.

¿Cuál es el procedimiento más adecuado?

La elección del tipo de juicio dependerá de la cuantía y la documentación que respalde la deuda:

  • Más de 6000 euros: Juicio ordinario.
  • Menos de 6000 euros sin documentos: Juicio verbal.
  • Con documento firmado: Juicio monitorio.
  • Con cheque, pagaré o letra de cambio: Juicio cambiario.

Reclamar una cantidad de dinero es complicado, sea cual sea la cuantía. Nuestros abogados de Murcia se ocuparán de su caso para proceder de la forma que corresponda, garantizando un servicio personalizado y profesional.

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