El despido objetivo

El despido objetivo es aquel que tiene lugar cuando se extingue la relación laboral entre un empleado y su empresa por una circunstancia que se considera objetiva y que suele estar relacionada con la producción y con causas económicas de la empresa.

Puede haber diversas causas como la falta de aptitud de un trabajador si esta falta se conoce una vez ya se ha comenzado a trabajar en la empresa, otra es la falta de adaptación de los trabajadores tras unos meses, cuando un trabajador no es capaz de adaptarse a los cambios técnicos y tecnológicos. También aquellas causas económicas, técnicas o de producción, por faltas de asistencia continuada pese a que sea de forma justificada. Las faltas que no se tendrán en cuenta serán las que se deban a un accidente, a la maternidad o paternidad o por huelga, tampoco por una enfermedad grave ni por accidente.

También puede alegarse la insuficiencia de presupuesto en este tipo de despidos, es decir, cuando la empresa demuestre que no es capaz de hacer frente a un contrato. Los despidos objetivos deben comunicarse a los trabajadores por escrito a través de la llamada carta de despido y un empresario tendrá la obligación de poner a disposición del empleado la indemnización que le corresponda de 20 días de salario por cada año trabajado.

 Ante un despido objetivo hay que avisar 15 días antes y la empresa tiene la obligación de notificarlo a los representantes de los trabajadores cuando las causas son propias de un despido colectivo. Puede recurrirse este despido cuando un trabajador no está de acuerdo.

Un despido objetivo se consideraría nulo cuando haya alguna causa de discriminación o cuando se violen los derechos del trabajador, así como cuando despidan un trabajador durante su periodo de suspensión de contrato por maternidad, enfermedad o riegos para la salud.

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